Esta reforma laboral es un ataque directo a la clase obrera para hacernos pagar los platos rotos de la crisis generada por la codicia desmedida de empresarios y banqueros; los mismos sinvergüenzas sin escrúpulos que ahora ven recompensada su nefasta gestión con una reforma hecha a su medida, para que puedan recortar de todas partes menos de su propio bolsillo.
Esta Reforma Laboral trata, entre otros aspectos, los siguientes :
Libertad
absoluta para despedir al objetivar por ley el despido procedente y
eliminar la autorización administrativa en los despidos colectivos (EREs).
Rebaja sustancial de la indemnización por despido a partir del 12 de febrero,
generalizando la de 20 días con un máximo de 12 mensualidades y dejando
la del despido improcedente en 33 días con un máximo de 24 mensualidades
como norma general; sólo con anterioridad al 12 de febrero se mantendrá el derecho a los 45 días de indemnización por año con tope de 42 mensualidades. Se eliminan los salarios de tramitación salvo para el caso de que haya readmisión.
Despido absolutamente gratuito para las empresas de menos de 50 trabajadores
al permitirles contratos con un período de prueba de 1 año (de ser
despedidos durante el periodo de prueba, la indemnización es 0).
Eliminación de la fuerza normativa del Convenio Colectivo
por dos vías; una, permitiendo que el empresario se descuelgue de la
aplicación de las condiciones salariales y de las condiciones de
trabajo (jornada, sistemas de retribución, sistemas de turnos,
movilidad funcional y geográfica) Y la otra, terminando con la
ultraactividad de los convenios fijando un tiempo máximo de 24 meses. Se
tiende a la negociación individual y al convenio de empresa.
Instauración de los contratos precarios como la norma de contratación
(contratos muy baratos que el trabajador, si quiere, complementa con
sus prestaciones de desempleo) y, a la vez, contratación incentivada y
subvencionada para el empresario.
Eliminación
de la fuerza de los trabajadores al dejar sin contenido efectivo el
derecho fundamental de los sindicatos a la defensa de los derechos
colectivos, otorgando al empresario toda la capacidad de
decisión a la hora de cumplir o no las condiciones colectivas pactadas
en los convenios.
Facilitación del despido por absentismo incluyendo las bajas por enfermedad. Bastará con un 20% de las jornadas hábiles durante 2 meses consecutivos o un 25% en 4 meses discontinuos dentro de un período de 12 meses.
Desde ahora los contratados a tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias, lo que sin duda favorecerá el fraude en la contratación y la consiguiente reducción de cotizaciones a la Seguridad Social.
Reducción de los empleados públicos igualando sus condiciones a las de la empresa privada y permitiendo que las personas que cobran el desempleo desarrollen trabajos de los servicios públicos.
Para CGT, esta Reforma Laboral culmina EL ROBO Y LA
EXPOLIACIÓN de los derechos laborales y colectivos. Esta reforma sólo tiene una lectura sindical y social : HAY QUE DEROGARLA y el camino para ello es LA LUCHA COLECTIVA, laboral y social con la ocupación de la CALLE.
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