Como recordaréis, a consecuencia de un acuerdo
por debajo de convenio entre Atento y CC.OO., durante las bajas médicas desde
1999 hasta 2010, dejábamos de cobrar cantidades que equivalían aproximadamente a
las pagas extras.
La CGT fue el único sindicato que defendió que se podían reclamar por este
concepto las cantidades de los últimos 5 años, según se establece en la Ley General
de Seguridad Social.
Ahora, más de cinco años después de la demanda, el Tribunal Superior de
Justicia de Galicia nos da la razón y reconoce que los complementos de las
bajas médicas no son equiparables a las reclamaciones de cantidades, para las
que el plazo de reclamación retroactivo es de un año, y por lo tanto condena a
Atento a pagar a los demandantes las cantidades dejadas de cobrar equivalentes
a las pagas extras de los últimos 5 años hasta la demanda.
Lamentamos que sea una victoria solo para los trabajadores que demandaron
con la CGT, ya que los demás sindicatos reconocían únicamente la posibilidad de
reclamar las pagas extras del último año de bajas médicas.
Salud
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