Desde el 1 de septiembre ha entrado en vigor el Real Decreto que modifica las competencias de
las mutuas. El objetivo de esta reforma, aprobada por nuestros
miserables gobernantes, es única y exclusivamente reducir las bajas médicas y la
duración de las mismas, en detrimento de nuestra salud y de las más elementales
medidas de prevención de riesgos laborales.
Los aspectos más destacados son:
- Se autoriza a las Mutuas a realizar la
gestión y control de estos procesos desde
el primer día de la baja
(hasta ahora se iniciaba el control a partir del día 16º de la baja
médica).
- Se regula el procedimiento de las propuestas
de alta por enfermedad común formuladas por las Mutuas:
a) Las mutuas podrán realizar un propuesta de alta a
la inspección médica que tendrá 5 días hábiles para responder.
b) Si no hay contestación o ésta fuese negativa, la Mutua podrá enviar dicha
propuesta de alta al INSS, que tendrá un plazo de 4 días para responder. Se
establece un régimen transitorio de 6 meses, hasta el 1 de marzo de
2015, durante el cual se amplían los plazos de contestación de la inspección
médica (ampliado hasta 11 días) y del INSS (ampliado hasta 8 días).
·
Existirán unas tablas que determinarán la duración de cada
baja, según edad, sexo y profesión.
Este nuevo mecanismo busca presionar a los médicos para dar altas
automáticas. Se concretan los periodos y
entrega de los partes de confirmación, en función de la duración estimada de la
enfermedad:
a) Para las bajas de hasta 5 días, se entregará baja y
alta al mismo tiempo.
b) Para bajas de entre 5 y 30 días, se entregará parte
de confirmación como máximo cada 14 días.
c) Para bajas que duren entre 31 y 60 días, como máximo
cada 28 días.
d) Para bajas con duración estimada de más de 60 días,
se entregará parte de confirmación como máximo cada 35 días.
- Las Mutuas deben citarnos con un plazo de al menos 4 días hábiles. Si no acudimos a la cita, nos suspenderán
cautelarmente la prestación económica. Tendremos 10 días hábiles para
justificar el motivo por el que no hemos acudido, y la Mutua tendrá todo el
poder a la hora de decidir si nos la restablece o no.
Esta
nueva vuelta de tuerca va a suponer que los trabajadores sacrifiquen su salud a
favor de los beneficios empresariales. Además, que nos
den el alta sin que estemos recuperados conllevará el aumento de los riesgos
laborales y la siniestralidad laboral. Este intento de reducir por real decreto
las bajas, profundiza todavía más la dramática situación laboral actual, privatizando
la sanidad pública y vinculando a los intereses empresariales la gestión de la
salud laboral. Es, por lo tanto, una nueva agresión a los derechos de los
trabajadores.
Desde la
CGT apostamos por una sanidad pública y de calidad, al
servicio de los trabajadores, y denunciamos esta nueva actuación que da
más competencias a las Mutuas, al servicio únicamente de los vergonzosos
beneficios de la patronal, y a expensas de la integridad física y de bienestar
psicosocial de la clase trabajadora.
¡O sus beneficios o nuestra Salud!
¡OJO!
IMPORTANTE: Os recordamos que ante
cualquier indisposición sufrida en el centro de trabajo la empresa debe
facilitarnos el correspondiente volante de solicitud de asistencia sanitaria
para derivarnos a la mutua. Es imprescindible solicitarlo para evitar
situaciones en las que no se nos reconozcan posibles bajas por accidente
laboral. Es el caso de varios compañeros que fueron atendidos por una
ambulancia tras sufrir una indisposición en el centro y que, sin exigir a la empresa
el volante de asistencia (hay que exigirlo porque Atento no lo da, aun siendo
su obligación) cuando se dirigieron a la mutua no los quisieron atender y los
derivaron a su médico de la seguridad social sin entrar a valorar si se trataba
de un posible accidente laboral.