Os recordamos información importante sobre las actuaciones a seguir en caso de bajas, consultas médicas, accidentes…
• VISITAS AL MÉDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Cada trabajador dispone de 35 horas anuales para acudir al médico (cabecera, especialistas, análisis, urgencias, etc.). Es necesario justificar la fecha de la consulta, pero no hora de entrada y salida. En la fecha en la que se justifica la visita médica, todo el tiempo de ausencia (incluso si es toda la jornada) se descuenta de las 35 horas remuneradas.
• REPOSO SIN BAJA MÉDICA (DE 1 A 3 DÍAS).
Reposo de 24 horas: no es retribuido (la retribución de una baja médica de la misma duración es del 60% del salario base mensual).
Reposo de 48 horas: retribuido (60%, la misma retribución que si es una baja médica).
Reposo de 72 horas: retribuido (60%, la misma retribución que si es una baja médica).
Cada trabajador dispone de un máximo de cuatro días de reposo retribuidos al año.
• BAJA MÉDICA POR ENFERMEDAD COMÚN.
Si estamos de baja por enfermedad común, la mutua puede citarnos para revisiones periódicas a partir del decimosexto día de baja. Las citaciones deben ser por escrito, no tenemos que atender a sus llamadas telefónicas (números 981296588 y 981280795).
• ACCIDENTES EN EL CENTRO DE TRABAJO.
En caso de accidente dentro del centro de trabajo hay que:
. Avisar a un responsable
. Solicitar un parte de accidente a la empresa
. Acudir a la mutua dentro de su horario (8 a 20 horas de lunes a viernes) o al centro de urgencias si es fuera de horario o festivo.
• ACCIDENTES “IN ITINERE”.
En caso de accidente “in itinere” (son los que se producen en los desplazamientos de ida y vuelta al centro de trabajo) hay que:
. Avisar a la empresa (tlf 981166900)
. Acudir a la mutua dentro de su horario o al centro de urgencias si es fuera de horario o festivo.
• VISITAS AL MÉDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Cada trabajador dispone de 35 horas anuales para acudir al médico (cabecera, especialistas, análisis, urgencias, etc.). Es necesario justificar la fecha de la consulta, pero no hora de entrada y salida. En la fecha en la que se justifica la visita médica, todo el tiempo de ausencia (incluso si es toda la jornada) se descuenta de las 35 horas remuneradas.
• REPOSO SIN BAJA MÉDICA (DE 1 A 3 DÍAS).
Reposo de 24 horas: no es retribuido (la retribución de una baja médica de la misma duración es del 60% del salario base mensual).
Reposo de 48 horas: retribuido (60%, la misma retribución que si es una baja médica).
Reposo de 72 horas: retribuido (60%, la misma retribución que si es una baja médica).
Cada trabajador dispone de un máximo de cuatro días de reposo retribuidos al año.
• BAJA MÉDICA POR ENFERMEDAD COMÚN.
Si estamos de baja por enfermedad común, la mutua puede citarnos para revisiones periódicas a partir del decimosexto día de baja. Las citaciones deben ser por escrito, no tenemos que atender a sus llamadas telefónicas (números 981296588 y 981280795).
• ACCIDENTES EN EL CENTRO DE TRABAJO.
En caso de accidente dentro del centro de trabajo hay que:
. Avisar a un responsable
. Solicitar un parte de accidente a la empresa
. Acudir a la mutua dentro de su horario (8 a 20 horas de lunes a viernes) o al centro de urgencias si es fuera de horario o festivo.
• ACCIDENTES “IN ITINERE”.
En caso de accidente “in itinere” (son los que se producen en los desplazamientos de ida y vuelta al centro de trabajo) hay que:
. Avisar a la empresa (tlf 981166900)
. Acudir a la mutua dentro de su horario o al centro de urgencias si es fuera de horario o festivo.
Teléfono de información mutua Fraternidad Muprespa: 900 269 269
Dirección mutua: Avda. del ejército 12-14
Centros de atención de urgencias: Sanatorio Modelo: 981 147 300
Hospital San Rafael: 981 179 005
Dirección mutua: Avda. del ejército 12-14
Centros de atención de urgencias: Sanatorio Modelo: 981 147 300
Hospital San Rafael: 981 179 005